-Archivo de Entrevistas y Reportajes- Poder Judicial del Estado de Puebla::.. www.htsjpuebla.gob.mx

Archivo de Entrevistas y Reportajes

Entrevistas y Reportajes

Sistema Procesal Penal Acusatorio y Oral

Martes, 16 de Octubre de 2012

Hoy en día con la aparente finalidad de averiguar una verdad real, el juez en un procedimiento inquisitivo penal, ha transformado dicho fin del proceso, en un medio de justificación para abarcar facultades propias de los intervinientes.

Hoy en día con la aparente finalidad de averiguar una verdad real, el juez en un procedimiento inquisitivo penal, ha transformado dicho fin del proceso, en un medio de justificación para abarcar facultades propias de los intervinientes.

Esto resulta inaceptable en un proceso acusatorio; por ello se hizo innegable la necesidad de reformular algunas facultades del juez en la legislación procesal actual, garantizándose así su probidad y evitando que se desnaturalice la imparcialidad y los demás principios que perfilan al proceso acusatorio-adversativo.

Con las características de: a) una seria división de roles entre los intervinientes del proceso jurisdiccional que no solo impide la imparcialidad del juez, sino que genera el menor peligro de que surja un sentimiento de solidaridad entre juez y ministerio público (pues ambos son siempre órganos estatales de persecución penal; y, b) el necesario presupuesto de una acusación, como impulso procedimental, se publica en junio de 2008 una de las más importantes y significativas reformas constitucionales en materia de justicia penal y seguridad pública, que precisan las bases y principios fundamentales en que debe sustentarse el novedoso sistema acusatorio.

Si a esas características del sistema propuesto, le otorgamos una herramienta o facilitador de los principios políticos básicos y de las garantías que estructuran el propio sistema procesal penal como lo es la oralidad, se garantiza que los mismos jueces que habrán de resolver el caso deban presenciar y dirigir los actos del juicio oral, y que esa asistencia es obligatoria e imprescindible.

Por el contrario, el proceso escrito no garantiza esa situación porque permite delegar la mayoría de las actividades jurisdiccionales de trascendencia, desde la recepción de la prueba incluso hasta el dictado de la sentencia, tareas que por lo regular se trasladan a secretarios y auxiliares administrativos, generalmente, anónimos, desconocidos, sin posibilidad de recusación siquiera.

La oralidad es reconocida como el instrumento idóneo para alcanzar los fines del sistema penal, pues permite a los interlocutores resolver sus diferendos de manera más simple y directa, sin intermediarios y en forma inmediata.

La reforma constitucional mencionada establece una serie de principios no solo aplicables al juicio propiamente dicho, sino a todas las audiencias en las que con inmediación de las partes se debata prueba; estos son: contradicción, concentración, publicidad, inmediación y continuidad.

Tenemos cinco principios que se suman a los que ya existían, pues no hay un choque de principios, ninguno se contrapone a los principios ya existentes en el sistema tradicional, sino que se suman a estos y son establecidos a nivel constitucional para dejar en claro que el sistema que se pretende adoptar es un sistema de índole acusatorio, por ello la precisión de los cinco principios a que nos hemos referido, pues son los que caracterizan a un sistema acusatorio.

Ahora bien, consideramos necesario precisar cuál es el ámbito de aplicación de los principios y cabe formular diversas afirmaciones: a) los principios solo se aplican en la audiencia del juicio oral; b) se aplican en todo el proceso penal o bien c) se aplican más allá del proceso penal, incluso en procesos no penales.

Aquí consideramos necesario analizar el dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia, de Gobernación, de Seguridad Pública y de Estudios Legislativos, como sabemos no existe exposición de motivos en la reforma de justicia penal, sino este dictamen y aquí aparece algo interesante, “los principios del proceso penal no solo son aplicables al juicio propiamente dicho, sino a todas las audiencias en las que con inmediación de las partes se debata prueba”. Se menciona toda audiencia en la que se debata prueba.

Ello encierra, una imprecisión terminológica en el ordenamiento mexicano, pues en sentido estricto solo es prueba de los que se debata en juicio oral.

Una apertura en los procesos judiciales penales, genera una situación que supera la mera PUBLICIDAD, debido a que el ejercicio jurisdiccional en materia penal, generalmente atrae la atención de la comunidad, convirtiéndose en un centro de debate social, político e incluso moral, a grado tal que se convierte en un verdadero canal de comunicación entre el Estado y la población.

Con independencia de ello, el principio de PUBLICIDAD tiene gran importancia en la prueba, ya que la prueba en sí misma no puede ser practicada de manera secreta u oculta, sino de frente al imputado y a la sociedad, por ello se dice que juega un rol esencial para hacer valer la contradicción, pues cómo controvertir algo secreto u oculto, algo que se desconoce.

Tradicionalmente a través de un sistema escrito esa recepción de la prueba se caracteriza por estar delegada en oficiales receptores de prueba (escribientes y secretarios), que son los que de primera mano escuchan los relatos de los testigos, de los peritos, de la víctima e incluso del inculpado o acusado, y luego los traducen con sus términos en una acta que el Juez firma como si hubiera estado presente, lo que conforma una base para que al final la tome y sustente sus conclusiones fácticas y jurídicas sobre un asunto en particular.

De ahí, la trascendencia de la necesaria inclusión y respeto al principio de INMEDIACIÓN, pues podemos destacar que exige que el Tribunal haya percibido por sí mismo y sin intermediarios la producción de la prueba, todo ello orientado a un mejor ejercicio valorativo del medio de prueba.

Pero, todo lo anterior no debe realizarse de forma parcial, sino que debe realizarse desde el inicio hasta su terminación, de una sola vez y en forma sucesiva, con el propósito de que exista la mayor proximidad entre el momento en que se recibe toda la prueba, formulan las partes argumentaciones y conclusiones sobre ella, deliberan los jueces y se dicta sentencia, siendo así como juegan un rol sustancial la CONCENTRACIÓN y la CONTINUIDAD

. Todo lo anterior, regulado bajo el control de todos los sujetos del proceso, con el fin de tener la posibilidad de intervenir en esa recepción haciendo preguntas, observaciones y argumentaciones, en la medida en que debe garantizarse que puedan escuchar de viva voz los argumentos de la parte contraria, para apoyarlos o rebatirlos y establecer un mejor mecanismo de depuración de información demostrativa para que el tribunal este en posibilidad de emitir una conclusión jurídica mas justa.

Poder Judicial consolida certeza jurídica: Empresarios

Lunes, 15 de Octubre de 2012

Miembros del Consejo Coordinador Empresarial, luego de conocer el programa Tribunal Virtual, reconocieron que el Tribunal Superior de Justicia está consolidando las condiciones de certeza jurídica como estímulo para la inversión privada y esto abona a la unidad de capitales y a la iniciativa de emprendedores.

Miembros del Consejo Coordinador Empresarial, luego de conocer el programa Tribunal Virtual, reconocieron que el Tribunal Superior de Justicia está consolidando las condiciones de certeza jurídica como estímulo para la inversión privada y esto abona a la unidad de capitales y a la iniciativa de emprendedores.

Durante el recorrido que los empresarios hicieron por Ciudad Judicial Siglo XXI para conocer el programa Tribunal Virtual, constataron que el proyecto Expediente Virtual, piloto en el Juzgado tercero de Lo Civil, puede replicarse a la totalidad de los juzgados de la entidad.

El Licenciado José Alfredo Arizmendi Domínguez, Presidente de la Cámara Nacional de Comercio, a nombre de los empresarios precisó que son grandes los signos de avance en materia de eficiencia en la impartición de justicia; y es, precisamente hacia lo que apunta toda esta modernidad en materia de manejo virtual de los expedientes y los juicios orales.

Hizo hincapié en que muchas veces los empresarios prefieren ya no arriesgarse frente a la complejidad de hacer cumplir los contratos mercantiles y frente a la complejidad de poder cobrar un pagaré; pero, la implementación de tecnología abona a la certeza jurídica y, precisamente, esto nos interesa.

Al referirse al Juzgado de Exhortos, Arizmendi Domínguez ponderó la creación del mismo, ya que los Juzgados Civiles tanto de esta ciudad capital, como de los Distritos Judiciales de Cholula y Huejotzingo, pueden atender en mejor forma los asuntos mercantiles que son, particularmente, de interés para los empresarios.

A nombre del Presidente del Tribunal Superior de Justicia, Magistrado David López Muñoz, la Magistrada María Belinda Aguilar Díaz, Coordinadora de la Junta de Administración del Poder Judicial, dio la bienvenida a los empresarios y acompañó a los mismos durante el recorrido.

Los empresarios que visitaron Ciudad Judicial Siglo XXI, son el citado Arizmendi Domínguez, de la CANACO; Bernardo Bojalil Daou, de CANACOPE; José Rentería, de la CNEC; José Luis Sherwell Zepeda, Francisco y Daniel Hernández Gamboa, de CANACINTRA; Guadalupe Lozano Garfias, de La USEM; Gustavo Vargas y Raymundo del Valle, de CMIC; así como Armando Reyes Oliver, José Manuel Rodoreda, Marco Antonio Yitani y José Peña, entre otros.

Cambio Cultural con el Sistema Oral

Martes, 18 de Septiembre de 2012

La reforma penal representa un enorme reto, pues deben implementarse innumerables cambios en los tres Poderes, así como en los tres niveles de gobierno, todo ello en el plazo de seis años, contados a partir de su publicación, teniendo así, como fecha límite el año 2016. Ante esto, enfrentamos también el enorme reto que implica un gran cambio cultural, pues se debe transitar de un sistema penal mixto, con elementos inquisitorios, a un sistema acusatorio y oral, donde los operadores tendrán un rol más dinámico y participativo, sujeto en todo momento a la publicidad.

La reforma penal representa un enorme reto, pues deben implementarse innumerables cambios en los tres Poderes, así como en los tres niveles de gobierno, todo ello en el plazo de seis años, contados a partir de su publicación, teniendo así, como fecha límite el año 2016. Ante esto, enfrentamos también el enorme reto que implica un gran cambio cultural, pues se debe transitar de un sistema penal mixto, con elementos inquisitorios, a un sistema acusatorio y oral, donde los operadores tendrán un rol más dinámico y participativo, sujeto en todo momento a la publicidad.

En el Estado de Puebla, el 17 de junio de 2011 se realizaron una serie de reformas a diversos cuerpos normativos que sentaron las bases para la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal en la entidad, entre las que destaca el esquema gradual de entrada en vigor de éste, plasmado en el artículo Tercero Transitorio del Decreto que reformó, con dicha fecha la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla, planteando una entrada en vigor paulatina y territorial, para lo que se dividió al Estado en seis Regiones, que agrupan a su vez a diversos Distritos Judiciales, cuya integración y fecha de entrada en vigor es la siguiente:

Región Oriente: integrada por los Distritos Judiciales de Teziutlán, Tlatlauquitepec, Zacapoaxtla, San Juan de los Llanos, Tetela y Chalchicomula, con sede en el primero; donde el Nuevo Sistema de Justicia Penal entrará en vigor el día 15 de enero de 2013;

Región Norte: que comprende los Distritos Judiciales de Xicotepec de Juárez, Zacatlán, Alatriste y Huauchinango, con sede en este último, donde el Nuevo Sistema de Justicia Penal entrará en vigor el día 17 de septiembre de 2013;

Región Sur: compuesta por los Distritos Judiciales de Acatlán, Chiautla y Matamoros, con sede en este último, donde el Nuevo Sistema de Justicia Penal entrará en vigor el día 18 de marzo de 2014;

Región Sur-Oriente: que se integra por los Distritos Judiciales de Tehuacán, Tecamachalco y Tepexi, con sede en el primero; donde el Nuevo Sistema de Justicia Penal entrará en vigor el día 17 de septiembre de 2014;

Región Centro-Poniente: formada por los Distritos Judiciales de Huejotzingo, Cholula y Atlixco, con sede en el segundo de ellos; donde el Nuevo Sistema de Justicia Penal entrará en vigor el día 17 marzo de 2015; y

Región Centro: integrada por los Distritos Judiciales de Tepeaca, Tecali y Puebla, con sede en este último y en donde la entrada en vigor se dará el 17 de junio de 2016.

Podemos observar que para el año siguiente en 2013 se tiene previsto el inicio del Sistema Penal Acusatorio y Adversarial en dos regiones del Estado.

Los trabajos para la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal en el Estado son coordinados por la Comisión Ejecutiva para la Actualización y Modernización de la Procuración y Administración de Justicia (CEAMPAJ), creada mediante un acuerdo de coordinación e instalación celebrado por los Tres Poderes del Estado.

Con la finalidad de contar con un plan de implementación integral para la entidad, todas las instancias operadoras involucradas en el Nuevo Sistema de Justicia Penal, trabajan de manera conjunta en la planeación de éste. De esta manera, el Poder Judicial del Estado, la Procuraduría General de Justicia, la Secretaría de Servicios Legales y Defensoría Pública, la Secretaría de Seguridad Pública y la Secretaría General de Gobierno, así como el Consejo Estatal de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, han desarrollado diversos documentos y planes, tanto estratégicos como tácticos, necesarios para la entrada en vigor de este sistema.

La implementación del Sistema se planea y ejecuta, de manera general, en ocho ejes que la instancia nacional de implementación: Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal (SETEC), de la Secretaría de Gobernación Federal, ha determinado como fundamentales, que son: normatividad, planeación, gestión y reorganización institucional, capacitación, difusión, infraestructura, tecnologías de la información y comunicación y seguimiento y evaluación

De conformidad con la Metodología para la Clasificación y Estratificación de las Entidades Federativas, emitidos por la instancia federal referida, actualmente, el Estado de Puebla se encuentra en el tercer cuadrante en cuanto a la implementación, es decir, en etapa de entrada en vigencia, pues, como ya se mencionó, el Nuevo Sistema de Justicia Penal entra en vigor en dos regiones judiciales el próximo 2013. Lo anterior significa que la entidad presenta avance en los siguientes puntos:

Se cuenta con acuerdo político y órgano o instancia política;

Se cuenta con un órgano implementador funcionando con estructura administrativa y presupuesto;

Se tiene un plan integral de la implementación del Sistema de Justicia Penal en la Entidad y planes de inversión;

Se llevan a cabo acciones en los ejes de normatividad, capacitación, gestión y reorganización institucional, infraestructura y equipamiento, difusión y transparencia y tecnologías de la información y equipamiento;

Se cuenta con la normatividad básica aprobada con fecha de entrada en vigencia del sistema penal acusatorio y con normatividad intermedia en proceso de aprobación por el Poder Legislativo.

El Poder Judicial del Estado, en el ámbito de su competencia, además de los trabajos realizados en el marco del organismo implementador, en coordinación con el resto de las instancias operadoras involucradas, desde el año 2008 ha trabajado árduamente principalmente en tres rubros: reorganización institucional, normatividad y capacitación, participando en la discusión y elaboración de diversos proyectos normativos y reglamentarios que facilitarán y dotarán al sistema de justicia penal acusatorio del marco jurídico-administrativo necesario para su buen funcionamiento; llevando a cabo estudios y elaborando reglamentos internos y manuales de organización, que incorporan los nuevos cargos contemplados por la reforma y sus funciones y competencias, como son los Jueces de Control, de Juicio Oral y de Ejecución de Sentencias y de Medidas, los Administradores Judiciales, entre otros, y formando, especializando y profesionalizando a los servidores públicos y aspirantes a ocupar cargos dentro del Nuevo Sistema de Justicia Penal, dentro del Poder Judicial del Estado.

En particular durante 2011, se llevaron a cabo dos cursos de profesionalización ejecutados por el Instituto de Estudios Judiciales del Poder Judicial del Estado, dirigidos a personal de todas las operadoras con recursos otorgados por la SETEC, denominados Curso de litigación oral en el Proceso Penal Acusatorio y Curso especializado en ejecución de sentencias y reinserción social, con una participación sumamente satisfactoria.

Durante este año, se está impartiendo un programa de formación de Jueces por el Programa de Apoyo en Seguridad y Justicia de la Agencia Norteamericana para el Desarrollo Internacional, USAID, por sus siglas en inglés, a través de la empresa Management Systems International (MSI), contratista de dicha agencia.

Se impartió durante los meses de Agosto y Septiembre un curso avanzado para Jueces, denominado “Curso Especializado para Jueces en el desarrollo de competencias funcionales”, en el que participaron 30 funcionarios del Poder Judicial del estado que ya cuentan con un gran número de horas de capacitación previa, con lo que culminaron un programa integral de formación, que incorporó temas prácticos y elaboración de formatos que se usarán una vez entrando en vigor la reforma.

Asimismo, se está impartiendo un Curso de Formación de Magistrados en el nuevo sistema acusatorio adversarial, el cual es subsidiado con fondos federales y que tiene una duración de 120 horas efectivas de capacitación, abarcando las temáticas más relevantes del Nuevo Sistema de Justicia Penal.

También se están impartiendo con subsidios federales, un curso de Formación para Médicos Legistas, de 190 horas; un Curso Especializado en Recursos, Sentencias y Ejecución de Sentencias, de 200 horas; un Programa de Formación de Gestor Judicial en el Sistema Acusatorio Adversarial, dirigido a quienes desean prepararse en el área de la administración judicial, también de 200 horas.

Durante el último semestre del año se tendrán también tres Talleres de Litigación Oral y un Curso de Formación de Formadores en el Nuevo Sistema Acusatorio, a fin de desarrollar habilidades docentes en funcionarios ya capacitados en el Sistema, para que puedan fungir, a su vez, como capacitadores de más generaciones de servidores públicos.

Sistema Procesal Penal Acusatorio y Oral

Lunes, 17 de Septiembre de 2012

El 18 de junio de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación una de las más importantes y significativas reformas constitucionales en materia de justicia penal y seguridad pública, que precisa las bases y principios fundamentales en que debe sustentarse el novedoso sistema acusatorio.

El 18 de junio de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación una de las más importantes y significativas reformas constitucionales en materia de justicia penal y seguridad pública, que precisa las bases y principios fundamentales en que debe sustentarse el novedoso sistema acusatorio.

Esta reforma implica, no sólo la transformación del orden jurídico sobre procuración y administración de justicia, sino un cambio en la percepción de los paradigmas respecto de la Justicia Penal en México.

En efecto, el cambio radica en el hecho de que no se puede seguir pensando que nuestras leyes e instituciones son inalterables e insuperables, cuando apreciamos que los índices delictivos son cada día más altos y la población desconfía cada vez más de las instituciones de procuración e impartición de justicia al no advertir soluciones rápidas y expeditas a los conflictos penales, considerando por ello, la existencia de corrupción e impunidad.

La metamorfosis en comento, no es sólo en cuanto al marco jurídico, sino de estilos de pensamiento, de maneras de percibir nuestra realidad, de la cultura de un país, de las instituciones afines, de las formas de realizar los procedimientos, en suma, de nuestro sistema de justicia penal; el cual no debemos olvidar, es la manifestación más delicada y elocuente del encuentro entre el poder público y los ciudadanos, sea para preservar, sea para afectar los bienes fundamentales de aquéllos. De ahí, la relevancia de dicho sistema desde la perspectiva de la tutela de los derechos humanos y no menos, de la preservación, defensa y desarrollo de la democracia.

La renovación del sistema de justicia penal, producto de la reforma constitucional, implica hacerlo más eficiente, racional y expedito, ampliar la participación de la víctima u ofendido en el procedimiento y recuperar la confianza de la comunidad en el sistema de justicia.

Así también, dicha renovación conlleva el cambio en las actividades, facultades y funciones de los actores del drama penal, de los demás intervinientes y de las autoridades participantes; pero sobre todo, implica un cambio en la forma de hacer las cosas, esto es, de investigar, procesar y juzgar un hecho señalado por la ley como delito, así como la responsabilidad de una persona en su comisión o participación.

Dentro del conjunto de cambios que aporta la citada reforma destaca el sistema de audiencias orales, las cuales deben considerarse como la columna vertebral de la nueva forma de realizar en la práctica la justicia penal ordenada por nuestra Carta Magna. La oralidad se convierte, en este contexto, en un criterio orientador y rector de la mayor importancia, pero sobre todo en un facilitador de los principios fundamentales del sistema y de las garantías que estructuran el propio sistema procesal penal.

El nuevo sistema, al ser de corte acusatorio, se sustenta en una serie de principios fundamentales, como lo son la publicidad, la inmediación, la contradicción, la concentración y la continuidad; los cuales serán aplicables no sólo en el juicio propiamente dicho, sino en todas las audiencias en las que con inmediación de las partes se debata prueba.

Dada la importancia de tales principios resulta necesario explicar brevemente en qué consisten estos:

Publicidad: Es un derecho que asiste a los sujetos procesales, así como a la sociedad en general, a tener acceso a la justicia y ejercer control sobre sus actuaciones y fallos, permitiendo así la transmisión de principios y valores a la sociedad.

El procedimiento es público, con fines de transparencia. Cuando adquiere mayor importancia es al momento de la producción de la prueba, ya que la misma no puede ser practicada de manera secreta u oculta, sino de frente al imputado y a la sociedad, por ello, se dice que juega un rol esencial para hacer valer la contradicción, pues cómo controvertir algo secreto u oculto, algo que se desconoce.

Inmediación: El juzgador debe formar su convicción con base en el material probatorio reproducido en su presencia, junto con los demás sujetos del proceso; esto es, debe haber percibido por sí mismo y sin intermediarios la producción de prueba, todo ello orientado a un mejor ejercicio valorativo de la misma.

Contradicción: Es el derecho de defensa contradictoria de las partes contendientes, a quienes debe darse la oportunidad de alegar y probar procesalmente sus derechos, que por naturaleza son antagónicos. Este principio exige que los sujetos del proceso tengan plenas facultades de intervención durante las distintas etapas del procedimiento haciendo preguntas, observaciones y argumentaciones, en la medida en que debe garantizarse que puedan escuchar de viva voz los argumentos de la parte contraria, para apoyarlos o rebatirlos y establecer un mejor mecanismo de depuración de información demostrativa, para que el tribunal esté en posibilidad de emitir una conclusión jurídica más justa.

Concentración y continuidad: El juicio oral debe realizarse frente a todos los sujetos procesales desde el inicio hasta el final, de una sola vez y de forma sucesiva, con el propósito de que exista mayor proximidad entre el desahogo de prueba, los alegatos de las partes y las deliberaciones del juez para dictar la sentencia correspondiente.

Una de las características del nuevo proceso penal es que sólo se considerará como prueba aquella desahogada en la audiencia de juicio, la cual será valorada por el Juez de manera libre, esto es, conforme a las reglas de la lógica, las máximas de la experiencia y el conocimiento científico, dado que debe ajustar dicha valoración a la sana crítica.

La reforma prevé las siguientes etapas del procedimiento: de investigación, intermedia, de juicio oral y de ejecución.

A. Etapa de Investigación.

La primera etapa que inicia el nuevo proceso penal, es denominada de investigación, la cual tiene como finalidad vigilar y controlar la legalidad de la investigación, así como garantizar el control difuso de la constitucionalidad, pues protege los derechos fundamentales de los intervinientes y abarca desde el momento de la denuncia o querella hasta el cierre de la investigación y en otras ocasiones puede terminar con audiencias de tramitación especial como son: audiencias de acuerdos reparatorios, o audiencias de procedimientos especiales como: el procedimiento abreviado o la suspensión condicional del proceso.

Esta primera etapa, se divide a su vez en dos fases: la desformalizada y la formalizada.

La fase desformalizada está a cargo de la tríada investigadora, conformada por el Ministerio Público, policías y peritos; mientras que la supervisión de la investigación está a cargo del Juez de Control.

En esta primera fase, el Ministerio Público cuenta con determinados mecanismos de carácter procesal, que acorde a lo que señala la ley, le permite prescindir total o parcialmente de la acción penal, como lo son: los criterios de oportunidad, la facultad de abstenerse de investigar, la resolución de reserva y el no ejercicio de la acción penal.

También, a través de la mediación y conciliación, las partes pueden solucionar el conflicto penal, lo que impide el inicio de causas y despresuriza el sistema de justicia penal.

La fase formalizada comienza al momento de judicializar la investigación, esto es, desde el momento en que el inculpado es puesto a disposición del Juez de control, para que éste decida lo pertinente con relación a su control de su detención o formulación de imputación hasta su vinculación a proceso, así como la imposición de medidas cautelares y término de la investigación.

En esta fase, puede concluirse el procedimiento por sobreseimiento de la causa, como consecuencia de acuerdos reparatorios suscritos por las partes, o bien, por suspensión condicional del proceso, en las que una vez que están cubiertos o salvo los derechos de la víctima, el imputado acepta someterse a las restricciones y condiciones que establezca el Juez de control.

Por último, tenemos al procedimiento abreviado, que permite que el Juez de control pronuncie la sentencia definitiva, ante la solicitud del Ministerio Público, la aceptación del imputado a renunciar al derecho a un juicio oral donde pueda ofrecer y desahogar prueba a su favor y que acepte expresamente los hechos materia de la acusación y los antecedentes de la investigación en que se funda; así como, que no haya oposición fundada de la víctima, ofendido o acusador coadyuvante. El Ministerio Público en este caso solicita al Juez de Control la imposición de una pena rebajada hasta en un tercio de la mínima.

B. Etapa Intermedia.

Es la segunda etapa del nuevo sistema de justicia penal acusatorio e inicia con la acusación presentada por la fiscalía y culmina con el auto de apertura a juicio oral.

La acusación es el presupuesto básico del juicio, lo cual colma el principio acusatorio, es por ello que, para efectos de preparar el juicio en esta etapa se controlan los medios de prueba y se define la calificación del hecho por el cual se llevará a cabo el juicio oral.

Las funciones de la Etapa Intermedia son: la posibilidad de realizar correcciones formales en la acusación, la validez y pertinencia de las prueba ofrecidas por las partes, el control de la congruencia entre el auto de vinculación a proceso y la acusación, momento procesal para resolver incidentes previo a juicio, última oportunidad procesal para terminar anticipadamente el proceso a través de una salida alternativa o un procedimiento especial. Durante esta etapa se fija la autoridad competente que deba conocer del juicio; además de que los intervinientes pueden celebrar acuerdos probatorios mediante los cuales se darán por probados ciertos hechos.

Esta etapa, se divide a su vez en dos fases: escrita y oral.

En la fase oral de la audiencia intermedia, el Juez de control pronuncia el auto de apertura a juicio oral, el cual contiene fundamentalmente: el tribunal competente que conocerá del juicio oral, la o las acusaciones, los medios de prueba aceptados y que serán desahogadas en la audiencia de debate, la mención de los acuerdos probatorios, si es que los hubo y la citación de las partes y sujetos intervinientes que han de concurrir a juicio.

C. Etapa de Juicio Oral.

Un juicio oral y público es un derecho reconocido internacionalmente para toda persona a quien se le acusa por la comisión de un delito. El juicio oral como cualquier otro mecanismo para la solución de conflictos es un avance procedimental significativo sobre el que tradicionalmente ha existido en México.

Es la etapa de decisión de las cuestiones esenciales del proceso, el cual tiene como elemento sine equa non, la acusación y asegurará la concreción de los principios de publicidad, inmediación, contradicción, concentración y continuidad a través de la herramienta o facilitador de la oralidad.

La etapa de juicio oral es un método cognoscitivo de solución del conflicto penal, donde se realiza el examen de control de calidad de la información. La prueba no existe si no es producida en la audiencia, por lo que antes a ésta se denomina datos o medios y los actos anteriores son estrictamente preparatorios.

El tribunal oral, está conformado por tres jueces, de los cuales, uno dirige el debate, otro es el relator y el tercero interviniente auxilia en todas las labores a los otros dos jueces y en conjunto deliberan y deciden, para finalmente pronunciar la sentencia que en derecho proceda.

La audiencia de debate inicia con el señalamiento por parte del Juez Presidente de la acusación que será objeto del juicio, contenida en el auto de apertura a juicio oral; al igual que los acuerdos probatorios a los que hayan llegado las partes y advertirá al imputado que deberá estar atento a lo que oirá.

A continuación el Ministerio Público realiza los alegatos de apertura y posteriormente la defensa, dando inicio a la producción de la prueba, que tiene como finalidad llevar al conocimiento del Tribunal más allá de toda duda razonable, los hechos y circunstancias materia del juicio y la responsabilidad penal del acusado, como autor o partícipe.

Posteriormente, el Ministerio Público realizará sus alegatos de clausura y posteriormente la defensa, con lo que se da por concluido el debate y el Tribunal, previa deliberación, pronunciará la sentencia que en derecho corresponda.

D. Etapa de Ejecución.

Introduce la figura del Juez de Ejecución, que el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos previene en su párrafo tercero, el cual tiene como fin vigilar y controlar la ejecución de la pena impuesta, garantizar el estricto cumplimiento de las normas que regulan la ejecución de esta y el respeto de los derechos de toda persona mientras se mantenga privada de su libertad por cualquier causa.

También tiene a su cargo la vigilancia del tratamiento de la reinserción social a fin de que en sus facultades de modificación de las penas, determine adecuadamente los beneficios de libertad anticipada.

Congreso aprobó las Cuentas Públicas 2011

Lunes, 13 de Agosto de 2012

En Sesión Pública de la LVIII Legislatura del pasado 19 de julio, el Pleno del Congreso del Estado aprobó los dictámenes de las Cuentas Públicas del Poder Judicial, correspondientes al Ejercicio Fiscal 2011.

En Sesión Pública de la LVIII Legislatura del pasado 19 de julio, el Pleno del Congreso del Estado aprobó los dictámenes de las Cuentas Públicas del Poder Judicial, correspondientes al Ejercicio Fiscal 2011.

Por unanimidad, con 39 votos, los Diputados avalaron las cuentas públicas del Tribunal Superior de Justicia que comprendieron los períodos del 1 de enero al 14 de febrero de 2011, del Magistrado León Dumit Espinal; y, del 15 de febrero al 31 de diciembre del mismo año, del actual Presidente, Magistrado David López Muñoz.

El Presidente de la Comisión Inspectora del Órgano de Fiscalización Superior, Diputado Mario Gerardo Riestra Piña, explicó que el dictamen de la cuenta pública del Poder Judicial, para el primer período (del 1 de enero al 14 de febrero de 2011), estuvo basada en una muestra fiscalizada del 85 por ciento, en el caso de los ingresos y egresos, de un presupuesto total ejercido de 39 millones 408 mil pesos.

Asimismo, para el segundo período (del 15 de febrero al 31 de diciembre de 2011) de la Cuenta Pública del Poder Judicial, la muestra fiscalizada fue del 75 por ciento en el caso de los ingresos y los egresos, de un presupuesto total ejercido de 432 millones de pesos.

Riestra Piña señaló que la aprobación, por parte del Pleno del Congreso, se dio un día después de que la Comisión Inspectora del Órgano de Fiscalización Superior, sesionara por ocho horas para discutir y, en este caso, aprobar las cuentas públicas de los Poderes Judicial, legislativo y Ejecutivo del Estado.

Este ejercicio democrático, en donde participaron los representantes de las diferentes fracciones legislativas, permitió garantizar a los poblanos que en el trabajo de fiscalización se cumple con los ordenamientos legales y con el rigor técnico en materia de auditoría, puntualizó.

Menores galardonados en Corea

Lunes, 16 de Julio de 2012

El Presidente del Tribunal Superior de Justicia, Magistrado David López Muñoz, dio la bienvenida a los alumnos de los talleres culturales “Pedro Angel Palou Pérez”, del Consejo Estatal de la Cultura y las Artes de Puebla (CECAP), quienes han ganado premios a nivel Nacional e Internacional por su obra artística y que, en fecha reciente, recibieron reconocimientos por su participación en el Concurso de la Secretaría de Seguridad Nuclear de Seúl, Corea del Sur.

El Presidente del Tribunal Superior de Justicia, Magistrado David López Muñoz, dio la bienvenida a los alumnos de los talleres culturales “Pedro Angel Palou Pérez”, del Consejo Estatal de la Cultura y las Artes de Puebla (CECAP), quienes han ganado premios a nivel Nacional e Internacional por su obra artística y que, en fecha reciente, recibieron reconocimientos por su participación en el Concurso de la Secretaría de Seguridad Nuclear de Seúl, Corea del Sur.

Los menores son: María Fernanda Sandoval Pérez, Mayahuel Ramos Cruz, Leslie Janely Ruiz Niño, Lucero Guadalupe Tepox Vallejo, Viridiana Navarro Huerta, Karla Hernández Hernández, Evelio Díaz Rodríguez, y Nancy Paloma Corro Ramírez.

Los pequeños, que a través del arte pictórico llevan el mensaje de paz y armonía, que piden reine en el mundo, recibieron la felicitación del Magistrado López Muñoz.

Para nosotros es un orgullo que los niños y niñas como ustedes, hayan representado a nivel internacional, no solamente a Puebla, sino a nuestro país; y que, al incluir en su obra un valioso mensaje de paz con el uso racional de la energía, hayan obtenido reconocimientos en el concurso de pintura infantil convocado por la Secretaría de Seguridad Nuclear de Seúl, Corea del Sur.

En esta visita, los pequeños artistas del pincel estuvieron acompañados por su Maestra Rosamaría Ramírez Salazar, de los Talleres Culturales antes enunciados.

Después de explicar a los visitantes que este edificio conocido como Palacio de Justicia es sede del Poder Judicial, el Magistrado López Muñoz hizo un análisis de las funciones que lleva a cabo el Pleno del Tribunal Superior de Justicia que preside, así como de la tarea que tienen Magistrados y Jueces en la aplicación de la Ley.

A nombre de sus compañeros, hicieron uso de la palabra Nancy Paloma Corro Ramírez, Karla Hernández Hernández y Lesly Yaneli Ruiz Niño, quienes explicaron que el mensaje en su obra pictórica es precisamente que se haga buen uso de la energía nuclear, la que se debe aplicar con inteligencia para que genere bienestar a la humanidad.

Reforma en Derechos Humanos impone capacitación y actualización: López Muñoz

Lunes, 11 de Junio de 2012

Las recientes reformas Constitucionales en materia de Derechos Humanos y la exigencia de la sociedad, generan que los operadores de las instituciones involucradas seamos más eficaces y brindemos mejores servicios, lo que necesariamente impone capacitación y actualización permanente.

Las recientes reformas Constitucionales en materia de Derechos Humanos y la exigencia de la sociedad, generan que los operadores de las instituciones involucradas seamos más eficaces y brindemos mejores servicios, lo que necesariamente impone capacitación y actualización permanente.

Palabras del Magistrado David López Muñoz, Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado, durante la firma de Convenio con el Tribunal Electoral del Estado, acto que tuvo lugar en el Aula Magna del Palacio de Justicia.

Presidieron el Doctor Antonio Oropeza Barbosa, Magistrado Presidente del Tribunal Electoral del Estado; Doctor José Leonel Castillo González, Magistrado y Director General del Instituto de la Judicatura Federal; Magistrado Gustavo Calvillo Rangel, Coordinador del Instituto de la Judicatura Federal, Extensión Puebla.

Además, Magistrados del Tribunal Electoral del Estado, así como sus pares y Jueces del Poder Judicial Estatal.

López Muñoz, agregó que esa capacitación se refleja en materia internacional de los Derechos Humanos, la nueva teoría del Principio de la Convencionalidad, adoptar el sistema de precedentes, la interpretación conforme y otros temas que han generado una transformación en el Sistema Jurídico Mexicano.

Destacó que eso, cuando menos requiere de un cambio de actitud que nos permita estar a la altura de esas nuevas exigencias y responsabilidades; y el compartir necesidades, experiencias, aspiraciones y anhelos con Tribunales hermanos, no solo motiva la retroalimentación como una de tantas formas de obtener conocimiento, sino además genera la cooperación, la solidaridad, la participación y el debate sobre tareas que son comunes.

Enfatizó que son estos los propósitos fundamentales, que animaron a llevar a cabo el Convenio, lo que seguramente redundará en nuestro quehacer cotidiano, por lo que anticipadamente mostramos nuestro beneplácito al emprender junto con el Tribunal Electoral del Estado, ejercicios conjuntos en materia de educación judicial, difusión, docencia y extensión de la cultura jurídica, a través de ciclos de conferencias, simposium, seminarios, diplomados y otras actividades académicas que enriquecerán a nuestros respectivos Tribunales.

Hizo público reconocimiento al Presidente del Tribunal Electoral del Estado, por el interés que ha mostrado en sumar esfuerzos con el Poder Judicial Estatal para generar las condiciones que permitan el desarrollo de los profesionistas al servicio de sus respectivos Tribunales.

En su intervención, el Magistrado Antonio Oropeza Barbosa, Presidente del Tribunal Electoral del Estado, mencionó que los retos que afrontan en la actualidad los órganos impartidores de justicia tienen un grado de exigencia cada vez mayor.

El contexto jurídico y social, así nos lo indica, precisó.

Esto es fácil de corroborar, ya que la reciente reforma Constitucional en materia de control de convencionalidad, nos compromete a velar en todo tiempo por el respeto irrestricto a los Derechos Humanos, destacó.

Una vez firmado el Convenio de colaboración, el Magistrado Leonel Castillo González, Director del Instituto de la Judicatura Federal, dictó la conferencia con el tema “La Reforma Constitucional sobre Derechos Humanos”.

Consolidar la transparencia en el Poder Judicial: López Muñoz

Lunes, 21 de Mayo de 2012

Actualizar la información y consolidar la transparencia en el Poder Judicial de Puebla, son principios básicos para el trabajo que por Ley llevarán a cabo el Tribunal Superior de Justicia y la Comisión de Acceso a la Información Pública del Estado –CAIP-.

*CAIP inmersa en el trabajo del Poder Judicial: Blanca Lilia Ibarra.
*Con capacitación saldremos adelante: Fregoso Sánchez.
*Todos los Poderes en “caja de cristal”: Rangel Rodríguez
Actualizar la información y consolidar la transparencia en el Poder Judicial de Puebla, son principios básicos para el trabajo que por Ley llevarán a cabo el Tribunal Superior de Justicia y la Comisión de Acceso a la Información Pública del Estado –CAIP-.
El Magistrado David López Muñoz, Presidente del Tribunal Superior de Justicia, destacó lo anterior durante la reunión con la Maestra Blanca Lilia Ibarra Cadena, Presidenta de la CAIP; y, los Comisionados, Licenciado José Luis Javier Fregoso Sánchez y Doctor Samuel Rangel Rodríguez.
López Muñoz se pronunció por respeto a la autonomía del Poder Judicial; y, afirmó que no hay nada que ocultar.
Precisó que el Tribunal Superior de Justicia está abierto a los señalamientos de la Comisión de Acceso a la Información Pública.
Nuestra actuación está abierta al escrutinio de la sociedad civil, a la transparencia, puntualizó el Magistrado Presidente.
Se refirió al Tribunal Virtual, hoy proyecto piloto en un Juzgado de lo Civil, que será fundamental para dar respuesta a los requerimientos de la ciudadanía en el capítulo de información, ya que ésta se tendrá disponible a través de unidades móviles con acceso a internet.
Puso a disposición de la Comisión de Acceso a la información
Pública los archivos correspondientes y destacó que la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Judicial, a cargo del Maestro Rafael Velasco Oliver, atenderá los requerimientos de la CAIP.
Invitó a los Comisionados de la CAIP a que elaboren las políticas de trabajo en que se destaque el respeto absoluto, irrestricto e institucional a la tarea de los Jueces, en el marco de las funciones de ambas instituciones.
Siempre estaremos abiertos en materia de Transparencia y siempre seremos coadyuvantes con sus peticiones, subrayó López Muñoz.
La Maestra Blanca Lilia Ibarra Cadena, por su parte, hizo referencia a la nueva Ley de Transparencia que entró en vigor el uno de enero del año en curso, misma que contempla el que la CAIP esté inmersa en el trabajo que realiza el Poder Judicial del Estado.
Enfatizó que se establecerán los puntos de partida de acciones concretas para trabajar conjuntamente y reconoció que han encontrado, en el Tribunal Superior de Justicia, reciprocidad de participación, de interés y ahora, con mayor razón, ante el mandato del ordenamiento legal.
Al respecto, el Comisionado de la CAIP Fregoso Sánchez, expresó que con el nuevo requerimiento legal, se crea una gran responsabilidad en el sentido de interpretación y la primera forma de vinculación con el Poder Judicial es la capacitación.
Con eso saldremos adelante, precisó.
Por su parte, Rangel Rodríguez dijo que en este momento todos los organismos, todos los Poderes, están inmersos en una “caja de cristal”.
Somos funcionarios y así trabajaremos; queremos que tanto a la CAIP como al Poder Judicial, nos vaya bien, concluyó el Comisionado.

Biblioteca Félix Béistegui Azcué

Lunes, 16 de Abril de 2012

Rico acervo referente a la Ciencia del Derecho, así como aspectos históricos y culturales, conserva la Biblioteca Félix Béistegui Azcué, del Poder Judicial.

Rico acervo referente a la Ciencia del Derecho, así como aspectos históricos y culturales, conserva la Biblioteca Félix Béistegui Azcué, del Poder Judicial.

Este centro de lectura e investigación se formó en el año de 1980 y tiene sede, a partir de entonces, en el Palacio de Justicia, sito en avenida 5 Oriente número 9 de la Ciudad de Puebla.

La Biblioteca a la que cotidianamente asisten numerosos estudiosos del Derecho, así como investigadores, cuenta con un acervo bibliográfico de 10,694 volúmenes.

El libro titulado “Las Siete Partidas del Rey”, forma parte de la biblioteca y data de 1854.

La obra fue cotejada con Códices antiguos por la Real Academia de la Historia y glosada por el Licenciado Gregorio López, del Consejo Real de Indias de Su Majestad.

Se cuenta con otro libro titulado Recopilación de las Leyes del Gobierno Español, de los años 1788 y siguiente, cuarta parte, Semanario Judicial, en cuyo lomo dice: 1788 a 1810.

La biblioteca cuenta además con una colección de disposiciones que se conocen como Leyes de Reforma, expedidas de 1865 a 1868. La edición es de 1868.

La Directora de este centro de lectura, Licenciada María del Carmen Vargas Cardona, indicó que la Biblioteca Félix Béistegui Azcué, se localiza en el lugar que antes ocupaba el Archivo del Poder Judicial del Estado.

A través del tiempo, 31 años, esta joya arquitectónica se ha transformado en un centro de documentación jurídica.

Se prestan los servicios de envío de información a través de correo electrónico, grabación en memoria USB, consulta de publicaciones periódicas, entre otras el Diario Oficial de la Federación y el Periódico Oficial del Estado.

Asimismo, Vargas Cardona agregó que por el medio informático se hace llegar el catálogo que contiene la información del acervo bibliográfico, mismo que se ha incrementado con donaciones.

Lo anterior, permite ofrecer una consulta más efectiva a los funcionarios, abogados postulantes y público en general que asisten a la Biblioteca.

Agregó que la clasificación del material es por autor, título y materia.

Además de los volúmenes antes enunciados, se cuenta con libros de texto de Derecho, Leyes, Códigos, Reglamentos, tanto antiguos como recientes.

Finalmente, destacó que el catálogo informático recibe el nombre de SISBI: Sistema de Bibliotecas. El mismo fue creado por personal del Tribunal Superior de justicia, que Preside el Magistrado David López Muñoz.

Se trata de un catálogo informático que se localiza en el Portal de Internet del Poder Judicial, el cual destaca título, autor y materia para la investigación correspondiente./Alicia María Osio Núñez.

Protección Civil, prevención y servicio

Martes, 20 de Marzo de 2012

Además de programas de prevención de fenómenos naturales no deseados, en Ciudad Judicial Siglo XXI, el Tribunal Superior de Justicia del Estado proporciona diversos servicios a los usuarios a través de la Unidad de Protección Civil.

Además de programas de prevención de fenómenos naturales no deseados, en Ciudad Judicial Siglo XXI, el Tribunal Superior de Justicia del Estado proporciona diversos servicios a los usuarios a través de la Unidad de Protección Civil.

Entrevistado al respecto, el Magistrado Enrique Flores Ramos, integrante de la Segunda Sala Civil y Presidente de la Comisión de Protección Civil del Poder Judicial, destacó que entre los servicios que se presta se encuentra la silla de ruedas para traslado de personas con capacidades diferentes a los diferentes Juzgados y Salas.

Subrayó que todo el trabajo que se desarrolla en esta área no es de una sola persona, ya que se cuenta con el valioso apoyo del Presidente del Tribunal Superior de Justicia, de los Magistrados, de los Jueces y de personal voluntario.

La Cultura de la Prevención, es algo importante, prioritario para el funcionamiento de cualquier dependencia, su implementación –mencionó- se realiza con base en la Norma Oficial Mexicana que establece que todos los edificios, dependencias, ya sean de la administración pública federal, estatal o municipal deben contar con fácil acceso a los lugares donde concurren personas que necesitan de los servicios que se proporcionan.

Analizó que la edificación de Ciudad Judicial Siglo XXI -no concluida en un ciento por ciento- cuenta con rampas, para facilitar el acceso de los visitantes y con un elevador al servicio de quien lo necesite.

Asimismo, como parte de la Cultura de Prevención, el Protocolo de Seguridad para acceso a las instalaciones de Ciudad Judicial, comprende la entrega a cada asistente de un gafete foliado.

De esta manera en caso de que ocurriera algún fenómeno natural no deseado, se conocerá con precisión el número de personas que están dentro del edificio, sumándose el personal que ahí labora.

Explicó que el licenciado Guillermo Brambilla Barrientos, es Coordinador de la Unidad de Protección Civil del Poder Judicial. Es graduado, en esta materia, en la Universidad del Fuego en Texas y asiste cotidianamente a cursos Internacionales, puntualizó.

Al respecto, anualmente acude a Houston, Texas, para actualizar conocimientos en esta área.

El Magistrado destacó que se cuenta con un equipo humano de voluntarios debidamente capacitado para la Protección Civil.

Enrique Flores Ramos mostró durante la entrevista, el equipo para el área de bomberos: trajes especiales, camillas, hachas, mangueras; así como alarmas, señales sísmicas, señalamientos y otros necesarios para hacer frente a fenómenos naturales no deseados.

Disminuir carga de trabajo: Juzgado de Exhortos

Viernes, 16 de Marzo de 2012

Disminuir carga de trabajo a los Juzgados de Puebla, Cholula, Huejotzingo y zona conurbada de la Capital del Estado, es objetivo del Juzgado de Exhortos del Poder Judicial.

Disminuir carga de trabajo a los Juzgados de Puebla, Cholula, Huejotzingo y zona conurbada de la Capital del Estado, es objetivo del Juzgado de Exhortos del Poder Judicial.

Actualmente se maneja un promedio de 35 a 40 exhortos diaramente, lo que implica que en un año se estarán radicando aproximadamente de 9 a 10 mil exhortos.

Así lo informó la licenciada María de Lourdes López Herrera, Titular del Juzgado de Exhortos, creado por Acuerdo del Pleno del Tribunal Superior de Justicia
del 17 de Junio del 2011 y puesto en marcha el nueve de noviembre del mismo año.

La competencia del Juez de Exhortos será tanta como la necesaria para actuar en auxilio de la autoridad exhortante, regulando sus funciones, atribuciones e integración de la oficina correspondiente mediante la expedición del acuerdo plenario correspondiente.

Por lo tanto, el Juzgado de Exhortos tiene competencia en materia civil, mercantil y familiar dentro de la Zona Metropolitana de la Ciudad.

El Juez de Exhortos es competente para desahogar todos los exhortos, cartas rogatorias, requisitorias y todo medio de comunicación procesal análogo que deban diligenciarse dentro del territorio a que se ha hecho mención.

Estos documentos llegan del interior del Estado y diversas entidades de la República. Se está cumpliendo con el despacho de los mismos, agilizando el trámite de todo lo que nos llega; le damos prontitud, hemos desahogado y diligenciado aproximadamente el 50 por ciento de todo lo que nos ha llegado, acotó la Jueza de Exhortos.

Aclaró que si no se ha desahogado el trabajo al ciento por ciento, es porque hay diligencias en que el diligenciario necesariamente debe estar acompañado de la parte actora; y, si la parte actora no comparece a solicitar su cita en la Central de Diligenciarios, no se puede desahogar y devolver debidamente diligenciados los exhortos.

En este aspecto, se está supeditados a que comparezca la parte actora, puntualizó la Jueza López Herrera.

Hizo notar que en las rogatorias en que se encomienda una diligencia de oficio, de inmediato se radica, se admite y se turna a la Central de Diligenciarios para que se realice el emplazamiento y devolvemos de inmediato el oficio a la autoridad exhortante.

Agregó que también están llegando del extranjero cartas rogatorias, notificaciones judiciales o extrajudiciales y asuntos de carácter familiar, a las que “les damos el trámite correspondiente”./ (Alicia María Osio)

Trabajo expedito en la Central de Diligenciarios

Lunes, 27 de Febrero de 2012

Con la ocupación cotidiana de los once automóviles entregados en diciembre pasado, la Central de Diligenciarios del Tribunal Superior de Justicia del Estado, cumple con el objetivo de eficientar el servicio a la ciudadanía en cuanto a entrega de notificaciones, agilización en la tramitación de exhortos, y de esta forma, hacerlo más rápido y expedito como ordena la Ley.

Con la ocupación cotidiana de los once automóviles entregados en diciembre pasado, la Central de Diligenciarios del Tribunal Superior de Justicia del Estado, cumple con el objetivo de eficientar el servicio a la ciudadanía en cuanto a entrega de notificaciones, agilización en la tramitación de exhortos, y de esta forma, hacerlo más rápido y expedito como ordena la Ley.

Destacó lo anterior el licenciado Rodolfo Cardona Sánchez, encargado de la citada Central de Diligenciarios que tiene sede en Ciudad Judicial Siglo XXI, e hizo referencia al apoyo valioso del Presidente del Poder Judicial, Magistrado David López Muñoz, con la entrega del transporte referido.

Explicó el entrevistado que cotidianamente, a partir de las ocho treinta horas, diez notificadores ocupan esos autos para cumplir con el trabajo que les compete. Recorren su ruta y regresan a la Central una vez efectuada esta tarea.

Mencionó que cuando se puso en marcha la Central de Diligenciarios, se tomó en consideración el inconveniente de que, por el exceso de trabajo, físicamente los notificadores tenían que llevar cargando sus expedientes y cédulas de notificación en transporte público como camiones y combis, según el caso, eso ocasionaba también un retardo en el despacho de dichos documentos.

Ante estas experiencias, el Magistrado Presidente López Muñoz, autorizó la adquisición de los once automóviles con los que hoy cuenta la Central referida, con lo que el transporte de documentos es mucho más seguro, más rápido y transparente.

Analizó que en la actualidad cuentan con diez notificadores que son los encargados de notificar aquéllas resoluciones personales de mero trámite, no existe la necesidad de que vayan asociados de la parte actora.

Explicó que también se tienen veintidós ejecutores que son los encargados de llevar a cabo las diligencias de emplazamiento a juicio. Analizó que en esas diligencias, sí es necesario que vayan asociados de la parte actora para el buen desarrollo del procedimiento.

Asimismo, la Central de Diligenciarios únicamente tiene competencia en el Distrito Judicial de Puebla en materia Civil y Familiar; sin embargo, cuando alguna resolución proviene del Juzgado de Exhortos, ahí se amplia la competencia de territorio a la Zona Metropolitana de la Ciudad de Puebla.

Esta comprende los Municipios de Puebla capital, Amozoc, Tepatlaxco de Hidalgo, Ocoyucan, San Gregorio Atzompa, San Andrés Cholula, San Pedro Cholula, Coronango, Cuautlancingo, San Miguel Xoxtla, Tlaltenango, Juan C. Bonilla, Domingo Arenas, Huejotzingo, San Salvador El Verde, Chiautzingo, San Felipe Teotlalcingo y San Martín Texmelucan.

Eficiente y honesto uso de recursos

Miércoles, 22 de Febrero de 2012

El Poder Judicial está dando muestra, a los otros Poderes, de cómo se puede progresar y eso, no necesariamente implica que tengamos los recursos suficientes o necesarios; sin embargo, cuando se emplean de manera honesta y eficiente, se puede hacer más con menos.

El Poder Judicial está dando muestra, a los otros Poderes, de cómo se puede progresar y eso, no necesariamente implica que tengamos los recursos suficientes o necesarios; sin embargo, cuando se emplean de manera honesta y eficiente, se puede hacer más con menos.

Así se expresó el Gobernador Rafael Moreno Valle Rosas, después de escuchar la lectura de la síntesis del informe de labores 2011 que rindió el Magistrado David López Muñoz, al Honorable Pleno del Tribunal Superior de Justicia que preside.

El Gobernador destacó que las estadísticas muestran, de manera contundente, que vamos por el camino correcto.

Asimismo, ponderó que el Poder Judicial este utilizando tecnología para ser más eficiente, al poner en práctica esos avances, en beneficio y al servicio de los ciudadanos.

Hizo hincapié en la Ley de Transparencia y destacó que antes Puebla era la número 27 del país, ahora es la cuarta.

Que debemos reconocer que siempre hubo toda la disposición del Poder Judicial de someterse, como los otros Poderes, a esta nueva Ley, agregó.
Existe el ánimo en el Poder Judicial, como también en el Poder Ejecutivo y en el Poder Legislativo, de poner a Puebla a la vanguardia en materia de Transparencia, precisó.

Refirió que los Juzgados Municipales, constituyen una oportunidad para reducir cargas de trabajo en el Poder Judicial, que además permite tener la justicia más cerca de la gente para resolver conflictos menores, mientras los Juzgados de Primera Instancia se dedican a atender otro tipo de asuntos propios de su función, pero de mayor relevancia o complejidad.

Para contribuir con ese esfuerzo del Poder Judicial, el gobernador giró instrucciones al Secretario General de Gobierno para que hable con los Presidentes de los 217 Municipios, a fin de que el Gobierno Estatal pueda financiar la infraestructura de los tribunales municipales, con el compromiso de que los Ayuntamientos asuman los costos de operación.

Debemos seguir por este rumbo, estamos enfrentando circunstancias muy complejas a nivel internacional, particularmente en materia financiera.

Eso nos obliga a ser más competitivos, enfatizó Moreno Valle.

Indicadores 2011 del Poder Judicial

Martes, 21 de Febrero de 2012

A través del estudio realizado por el Consejo Coordinador Financiero, en el año 2011, para calificar la existencia y cumplimiento generalizado de reglas claras y libertades suficientes para un desempeño económico ordenado, incluyendo aspectos de certeza jurídica que garanticen la calidad y eficiencia de la administración de justicia, se observa una mejora en el posicionamiento del Estado, con respecto a los resultados del estudio realizado por el Instituto Mexicano para la Competitividad A.C. (IMCO), en el 2010.

A través del estudio realizado por el Consejo Coordinador Financiero, en el año 2011, para calificar la existencia y cumplimiento generalizado de reglas claras y libertades suficientes para un desempeño económico ordenado, incluyendo aspectos de certeza jurídica que garanticen la calidad y eficiencia de la administración de justicia, se observa una mejora en el posicionamiento del Estado, con respecto a los resultados del estudio realizado por el Instituto Mexicano para la Competitividad A.C. (IMCO), en el 2010.

En el indicador Calidad Institucional de Justicia, el IMCO nos ubicó en la posición 32, mientras que el estudio del Consejo Coordinador Financiero nos ubica cuatro lugares arriba, es decir en la posición 28.

En el indicador Duración de los Procedimientos Mercantiles, el IMCO nos situaba en el penúltimo lugar, mientras que el estudio actual del Consejo, otorga la posición 17, lo que significa que mejoramos 14 posiciones.

Por su parte, con respecto a la Imparcialidad de Jueces, nos ubicaba en la posición 28, los resultados del Consejo posicionan a Puebla en el 5° lugar del indicador de Calidad en las Resoluciones de los Jueces.

Los indicadores del Consejo Coordinador Financiero en cuanto a la Eficiencia en la Ejecución de Sentencias, colocan a Puebla en el lugar 13°, es decir por debajo de la media nacional.

Situación similar que se observa en los indicadores relativos a:

Duración de Procedimientos Mercantiles (Lugar 17).
Rapidez en los Juicios Ejecutivos Mercantiles (Posición 22).
Rapidez de los Procedimientos Hipotecarios (Posición 22).
Emplazamiento y Notificación en los Juicios Ordinarios Mercantiles (Posición 18).
Rapidez en Juicios Mercantiles (Posición 22).

No se omite destacar, que en la última evaluación que hace el propio Consejo Coordinador Financiero sobre el indicador Idoneidad de la Legislación Local para la Celebración y Ejecución de Contratos Mercantiles, legislación que no podría ser otro que el Código de Procedimientos Civiles para nuestra entidad federativa, el que por ser un hecho notorio el procedimiento que más se ha adoptado como prototipo para la celebración de los contratos mercantiles es aquel a que se contrae, el Oral Sumarísimo.

De esta manera, se refleja que el Poder Judicial del Estado ha trabajado en la mejora de la calidad del desempeño, transparencia y agilización de los procedimientos y eficacia en la ejecución de las sentencias.

Trascendente el Expediente Virtual: Ortiz Márquez

Lunes, 13 de Febrero de 2012

En la búsqueda de aprovechar las nuevas tecnologías de la comunicación electrónica para optimizar el desempeño en la administración de justicia, se implementa dentro del Poder Judicial del Estado el Expediente Virtual.

En la búsqueda de aprovechar las nuevas tecnologías de la comunicación electrónica para optimizar el desempeño en la administración de justicia, se implementa dentro del Poder Judicial del Estado el Expediente Virtual.

Lo anterior destacó la Maestra y Juez tercero de lo Civil, María Alicia Ortiz Márquez, quien en forma amplia explicó la trascendencia y beneficios del expediente virtual, producto de los avances tecnológicos, así como el imprescindible uso de la computadora.

El proyecto piloto implementado en el juzgado a su cargo pretende contar con todos los manuales de operatividad requeridos para su buen funcionamiento.

El uso de todos los medios electrónicos al alcance, es una herramienta de la cual no se puede prescindir, es necesario aprovechar las nuevas tecnologías de la Comunicación electrónica para optimizar el desempeño en la administración de justicia, con el objetivo de facilitar las gestiones a los ciudadanos y brindarles un servicio eficiente y transparente, precisó.

Mencionó que el Magistrado Presidente del Tribunal Superior de Justicia, David López Muñoz, con su actitud visionaria, proactiva, innovadora y vanguardista en la promoción de los cambios operativos dentro del Poder Judicial, ha hecho posible esta aplicación para crear el Expediente de referencia.

Este programa contempla la transformación de la prestación de un servicio, ante el reto de hacer eficiente el acceso a los expedientes, vía Internet, a los ciudadanos en los juicios de los cuales son parte, de esta forma -puntualizó- se está dando un importante paso para fortalecer la transparencia en línea, que permite:

A) A los usuarios, tener contacto y acceso directo a los servicios relacionados con la administración de Justicia, poder consultar el expediente desde cualquier computadora con acceso a Internet, sin necesidad de trasladarse a los Juzgados. Reduce tiempo y costos.

B) Analizar el contenido íntegro del expediente cuantas veces se requiera; y,

C) La conservación del expediente en buen estado, así como la seguridad de su respaldo.

Es un procedimiento viable en beneficio de la sociedad que tiende a crecer hasta implementar la firma electrónica, que permitirá a los usuarios realizar la presentación de sus promociones y la respuesta a estas vía Internet.

Documentos históricos en el Archivo del Poder Judicial

Domingo, 15 de Enero de 2012

En el Archivo del Poder Judicial del Estado de Puebla, se conserva el Testamento de Pedro Trujillo, contenido en el Fondo Real de Cholula, documento histórico que data de 1588 en fojas de la 256 a la 445, redactado en antiguo Castellano.

En el Archivo del Poder Judicial del Estado de Puebla, se conserva el Testamento de Pedro Trujillo, contenido en el Fondo Real de Cholula, documento histórico que data de 1588 en fojas de la 256 a la 445, redactado en antiguo Castellano.

Las gráficas hablan por sí mismas. Muestran el Testamento que tiene la fecha mencionada e imágenes del Archivo Judicial cuya misión es guardar, custodiar y organizar los expedientes que envían los Juzgados y Área Administrativa del Tribunal Superior de Justicia del Estado que preside el Magistrado David López Muñoz.

El Titular del Archivo Judicial, Licenciado Roberto Jiménez Flores, mostró el citado Testamento resguardado en un estuche especial, a fin de que las fojas que ahí se conservan no sufran deterioro por el tiempo.

Aunque algunas de esas fojas y carátula no fueron rescatadas, el documento forma parte de la historia de Puebla que de acuerdo al informe de Jiménez Flores, fue restaurado por el personal que labora en este centro, quienes oportunamente recibieron cursos de capacitación para efectuar dicha actividad.

Agregó que en 1977 varios documentos que aquí se resguardaban fueron entregados al Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), algunos relacionados con los Hermanos Serdán.

Explicó que a la fecha se tienen registrados, en promedio, de un millón quinientos noventa y cuatro mil expedientes, distribuidos en sus dos sedes: Teja y Reforma, de la siguiente manera: setecientos siete mil y ochocientos ochenta y siete mil, respectivamente.

Durante el recorrido por el Archivo Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla, hizo acto de presencia el señor Librado Rosete Ruiz, quien se encargó de la restauración del documento antes mencionado.

De esta manera llegamos a una parte medular de la conservación de la Historia que se resguarda en estos anaqueles; en estuches especiales donde duerme la historia de un legado valioso.

Restaurar es sin duda, un trabajo de gran envergadura. De conocimientos indiscutibles que ha llevado a la práctica don Librado Rosete Ruiz, trabajador del Poder Judicial que conserva estos conocimientos y se aplican en el cuidado de valiosos documentos que ahí se conservan.

Don Librado narró su experiencia: fue en mil novecientos noventa y tres cuando asistí al curso de restauración que impartió el maestro Nelson Pardo, en la Casa de la Cultura.

A partir de esa fecha, aplicó los conocimientos adquiridos en el legado que Archiva el Poder Judicial de nuestro Estado. Como ejemplo, tenemos en gráficas el Testamento restaurado que data de mil quinientos ochenta y ocho, mismo que celosamente se conserva en estuche especial para evitar mayores deterioros, abundó.

Conservar primero y restaurar después, son dos opciones básicas para lograr la conservación de éste y otros documentos, explicó.

Toda una cátedra, donde conocimientos y aplicación de los mismos, conllevan al éxito del resguardo de estos archivos que enriquecen la Historia de Puebla y obviamente, la del Archivo del Poder Judicial de nuestro Estado.

Retrocedamos en la historia para destacar que la sedes que a la fecha ocupa el Archivo Judicial, forman parte de un pasado para la Puebla Angélica y Revolucionaria: En Reforma y trece norte, hoy Instituto Cultural Poblano, edificio que ocupara por muchos años la Penitenciaría del Estado.

En la antigua “Teja”, que otrora fuera conocida fábrica textil, localizada en diez oriente número mil cuatrocientos once. Es en estos dos vetustos edificios, donde se conserva parte de nuestro histórico legado.

Actualmente, el Archivo Judicial que nos ocupa, está libre de Plagas, ya que constantemente se realizan fumigaciones para consrvar en buen estado los expedientes que ahí, celosamente se resguardan.

En este recorrido, además del Titular, Licenciado Roberto Jiménez Flores, de Librado Rosete Ruiz, también estuvieron presentes los empleados Fernando Luis Heredia Armenta y Roberto Méndez Barrera, encargados de hacer legajos de los documentos que envían los Juzgados, aproximadamente ciento cincuenta diarios.




Kioscos Virtuales